REGISTRO DE EMISIONES A LA ATMOSFERA

Presente
Por este conducto hacemos de su conocimiento que la Dirección de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Zapopan cuenta con un Registro de emisiones a la atmósfera fundamentado en el artículo 8, fracción III de la Ley general del Equilibrio Ecológico y Protección al ambiente; los artículos 19, 45 fracciones II y V; así como del artículo 46 fracción VIII del Reglamento de Protección al medio Ambiente y equilibrio Ecológico para el Municipio de Zapopan, Jalisco; y del
artículo 16 fracción IX, inciso f, subíndice i del código ambiental para el Municipio de Zapopan, Jalisco.
A partir del 2020, se transformó en el Dictamen de Registro de Emisiones a la Atmósfera, tipificado en el artículo 93 fracción XL, de la ley de ingresos del municipio de Zapopan, Jalisco para el ejercicio fiscal vigente.
Las agencias que cuenten con laminado y pintura que se encuentren en el municipio de Zapopan, y no cuenten con este registro están propensas a recibir sanciones conforme al art. 128, inciso F, punto 7 de la ley de ingresos.

La multa va desde los 2,886.60 a los 3,367,700.00 pesos.
En caso de requerir el servicio para presentar este y otros trámites podrán contactar, con un costo adicional, a los expertos del departamento de Asesoría Ambiental con el Ing. Roberto Gonzalez Rivas tel. (33) 31217066 ext.222
correo electrónico: ambiental@amdajal.com.mx,

el cual realiza trámites ante SEMADET, SEMARNAT, SIAPA, y AYUNTAMIENTO, en materia ambiental, ante PROTECCION CIVIL y SECRETARIA DEL TRABAJO en materia de seguridad e higiene.
Agradecemos su Atención
Quedamos a sus órdenes para comentarios sobre este tema
Lic. Raul Rivas
Tel.31-21-70-66 ext.116
gerencia@amdajal.com.mx
Ing. Roberto Gonzalez
Tel. 31-21-70-66 ext.222
ambiental@amdajal.com.mx

•Noticias | AMDA Jalisco | 30 Mayo 2022•