Multas por incumplimiento con REPUVE podrían comprometer la operación de cualquier empresa

Las sanciones por cada Aviso de Venta no presentado van de las 500 a las mil Unidades de Medida y Actualización (UMA)

Redacción AMDA
Durante un Webinar sobre el Registro Público Vehicular (REPUVE), Guillermo Rosales Zárate, director general adjunto de la AMDA, recordó que los distribuidores de automotores son Sujetos Obligados ante este organismo y en la actualidad, a pesar de estar en contingencia sanitaria, se debe estar muy atento de cumplir con la normatividad existente.

“La regulación se ha incrementado en diversas actividades y se requiere conocimiento para cumplir. Esto es relevante para cualquier empresa, sobre todo cuando se trata de una obligación, por lo que es fundamental su cumplimiento y no hacerlo traería sanciones que podrían vulnerar su patrimonio y operación”, subrayó.

Y es que, incluso, su cumplimiento reviste de un manto que debe ser promovido en aras de la imagen pública de cualquier empresa.

“Hemos visto como consumidores cuando pasan por cualquier negocio y si se encuentra un sello de suspensión de actividades o clausura, o cuando nos enteramos que tal o cual empresa se le ha fijado una multa, de entrada se genera una mala imagen de los servicios que ofrece”, argumentó el también vocero de los distribuidores.

Con razón o sin ella, agregó, la primera impresión que queda en el imaginario es que algo no anda bien en ese negocio.

“Por eso es importante conocer cuáles son nuestras obligaciones y nos dispongamos a cumplirlas con prontitud”, recomendó.

El directivo de la AMDA recomendó a agencias y grupos de la distribución a verificar el nivel de cumplimiento antes de que se reactiven las supervisiones sobre este tema y verificar que todo esté en orden, ya que no hay penalización por presentación de avisos de manera extemporánea.

Fuente: www.amda.mx
•Noticias | AMDA Jalisco | 03 Agosto 2020•