CRITERIO SAT SOBRE LA RETENCIÓN DEL 6% EN LOS SERVICIOS DE TALLER

Circular No. 47/DGA/2020
Contenido: CRITERIO SAT SOBRE LA RETENCIÓN DEL 6% EN LOS SERVICIOS DE TALLER

Estimados Asociados:

Este día se publica en la página del SAT en la sección de preguntas frecuentes, la respuesta a la duda formulada por AMDA al SAT sobre si existe o no la obligación de los clientes de retener el 6% en los servicios prestados por los talleres de ellos distribuidores, conforme a lo señalado en la fracción IV del articulo la de la ley del IVA, vigente a partir del 1 de enero de 2020.

La respuesta afortunadamente va en el mismo sentido del criterio sostenido por AMDA: NO PROCEDE LA RETENCIÓN DEL 6% DEL IVA EN ESTE TIPO DE SERVICIOS, con lo cual se quita finalmente esta contingencia fiscal a los distribuidores.

Acompañamos el texto de la pregunta y la respuesta a continuación:

La liga para la consulta es la siguiente:
https://aplicaciones.sat.gob.mx/respuestafiscal/temas.aspx?var=1

Aprovechamos para manifestar nuestro agradecimiento a la red en este asunto , en particular a aquellos distribuidores que nos acompañaron enviando esta consulta a las autoridades, finalmente con el apoyo de todos se logró una respuesta satisfactoria.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, 141 o directamente con:
Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx

Fuente: www.amda.mx
•Noticias | AMDA Jalisco | 03 Agosto 2020•